martes, 27 de septiembre de 2011

Amnistía calificó de "insulto" fallo de la Suprema Corte

RECHAZO. LA SCJ DESESTIMÓ TIPIFICAR DELITO DE "DESAPARICIÓN FORZADA"

Amnistía calificó de "insulto" fallo de la Suprema Corte

La corporación concluyó en mayo que dos ex oficiales militares no podrían ser imputados por el delito de desapariciones forzadas porque este no había sido incorporado a la legislación nacional hasta 2006 y no podía ser aplicado retrospectivamente.

Amnistía criticó con dureza a la Suprema Corte.
Amnistía criticó con dureza a la Suprema Corte.

Amnistía Internacional (AI) catalogó como "un insulto" el reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por el cual se desestimó tipificar el delito de "desaparición forzada" para juzgar los crímenes de la dictadura. El organismo internacional presentó varias recomendaciones al Estado uruguayo.

La posición jurídica de la Suprema Corte de Justicia, por la cual se desestimó la tipificación del delito de "desaparición forzada" para juzgar los crímenes de la dictadura uruguaya, es "un insulto" para las víctimas y sus familiares, aseguró el asesor legal de AI, Hugo Relva.

"Este fallo es un insulto a las víctimas de desapariciones forzadas y sus familiares". Es completamente contrario a la legislación internacional que dice, claramente, que las desapariciones forzadas, como crímenes contra la humanidad, no están sujetas a prescripción", expresó Relva en conferencia de prensa.

El máximo órgano del Poder Judicial desestimó en tres recientes sentencias la tipificación del delito de "desaparición forzada", por cuanto dicha calificación delictual no estaba vigente en los años 70 y 80.

Por tanto, la Corte dispuso la condena de los responsables por el delito de "homicidio muy especialmente agravado" por el asesinato de 28 personas y fueron sentenciados a 25 años de cárcel. El fallo fue votado por 4 a 1, con la discordia del actual presidente, Leslie Van Rompaey.

En este sentido, AI cuestionó la posición jurídica de la Corte, por cuanto la calificación adoptada habilita la posible prescripción de los crímenes, ante lo cual presentó un informe con diversas recomendaciones al Estado uruguayo para remover los obstáculos jurídicos que impiden investigar los crímenes de la dictadura y juzgar a sus responsables.

La posición de la Corte es "equivocada" y "debe ser corregida prontamente", por cuanto "sienta un peligroso precedente para todos los casos de graves violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado en Uruguay", señala el informe. El Estado uruguayo está "obligado" a reprimir los crímenes de lesa humanidad reconocidos por el derecho internacional, incluso con anterioridad al período cívico-militar, recuerda el informe. "Todas las personas presuntamente responsables de haber cometido u ordenado cometer crímenes de derecho internacional en Uruguay en el pasado deben inexorablemente comparecer ante los tribunales ordinarios de Justicia, sin que caducidad de pretensión punitiva o prescripción alguna pueda obstar a ello", agrega AI.

El organismo internacional, por tanto, recomendó al Poder Ejecutivo remitir al Parlamento una iniciativa que promueva el carácter "imprescriptible" de los delitos que constituyan graves violaciones a los derechos humanos. En tanto, el Poder Judicial debería confirmar en su fallo que "los crímenes de derecho internacional no se hallan sujetos ni a amnistía ni a prescripción", culmina el informe.

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