Brecha. Viernes
27 de abril de 2012-04-28
Careo
confirma desmarque de Barneix. Caso Perrini: perspectiva de condena resquebraja
la omertà.
Escrito por:
Samuel Blixen
El careo judicial
entre cinco militares implicados en la muerte de Aldo Perrini en el cuartel de
Colonia, en 1974, revela una fractura en el hasta ahora monolítico pacto de
silencio entre terroristas de Estado. Quien se desmarcó fue el general Pedro
Barneix, aquel que le mintió a Tabaré Vázquez sobre los enterramientos clandestinos.
No sólo fue
tenso, también fue insólito, revelador, inédito. El careo judicial que el
miércoles enfrentó a cinco militares retirados ?los coroneles José Baudean,
José Puigvert, Washington Perdomo, Ruben Bonjour y el general Pedro Barneix?
que mantienen sustanciales contradicciones entre sí, dejó al descubierto hasta
dónde la perspectiva de una condena resquebraja la estrategia de los
terroristas de Estado de ampararse en el silencio y en la negativa, aun ante lo
más evidente, para entorpecer la justicia que se empeña en descubrir la verdad
de los crímenes cometidos durante la dictadura.
Los cinco
oficiales retirados enfrentan una circunstancia por cierto desgraciada para sus
intereses: la existencia de documentos, de insospechado origen militar, que
prueban su vinculación directa en el asesinato de Aldo Perrini, vecino de la
ciudad de Carmelo, secuestrado en febrero de 1974 y muerto días después en el
cuartel de Colonia, victima de indescriptibles y perversas torturas.
En el cuadro de
situación, Baudean, Barneix y Puigvert ocupan roles estelares: sometían a
Perrini a un interrogatorio cuando el detenido "se desvaneció".
Perdomo oficiaba de comandante de guardia y fue quien condujo a Perrini hasta
el Hospital Militar, en Montevideo, aunque se presume ?uno de los tantos puntos
oscuros que encubre la política de negativa sistemática? que el detenido ya
había fallecido en el mismo cuartel. Bonjour era el juez sumariante que
instruyó la investigación interna y tomó declaración a sus tres colegas horas
después del asesinato. En los informes que elaboró el juez sumariante
?escuetos, prolijamente burocráticos y deliberadamente anodinos? se consigna la
sorpresa de los tres interrogadores ante el "desvanecimiento" de
Perrini, cuyo cuerpo era una masa informe de hematomas, y que, ¡cómo se le
ocurre!, no sólo no torturaron sino que desconocían que en el cuartel se
realizaran tales prácticas.
La
responsabilidad de Bonjour, más allá de que revistaba en una unidad donde la
tortura, los vejámenes y las violaciones a detenidas eran sistemáticas, puede
considerarse puntualmente tangencial, si no fuera porque al hoy general Barneix
se le ocurrió negar lo que estaba escrito en los documentos, firmados de su
propio puño y letra. Cuando la jueza Mariana Mota, que instruye el proceso, le
recordó que lo que hoy negaba había sido admitido en 1974, Barneix no tuvo
empacho en denunciar que Bonjour lo había obligado a firmar el acta con
afirmaciones que no había reaIizado.
No fue esa la
única rectificación del general a quien, como una de sus últimas misiones antes
de pasar a retiro, se le encomendó buscar, en la interna del Ejército, la
información sobre el destino final de los desaparecidos, misión que, según cómo
se mire, cumplió a cabalidad, es decir, elevó a sus superiores, el comandante
del Ejército y el presidente de la República, información que se demostró
totalmente falsa.
A diferencia de
sus colegas, quienes ante las requisitorias judiciales se muestran en extremo
parcos y desmemoriados, el general Barneix demostró tener memoria para
reconstruir los detalles de aquel 3 de marzo de 1974. Admitió ante la jueza
Mota haber estado en la sala de interrogatorios con Perrini pero sólo algunos
instantes porque inmediatamente se retiró, de modo que dice no haber estado
presente cuando el detenido "se desvaneció". Por el contrario,
Baudean y Puigvert confirmaron en sus declaraciones en el Juzgado Penal de
Séptimo Turno lo que antes habían afirmado ante el juez sumariante, y
ratificaron que Barneix permaneció con ellos mientras duró el interrogatorio.
En este sentido Barneix lleva las de perder, porque no sólo hay tres
testimonios coincidentes sino que además esa coincidencia está avalada por la
documentación.
Barneix además
contradijo sus afirmaciones iniciales, al explicar cómo se hizo presente en la
sala de interrogatorios. Dijo que había sido convocado expresamente por
Baudean, pero éste había afirmado lo opuesto, es decir, que fue Barneix quien
lo invitó para interrogar a Perrini. Y también rectificó una afirmación de
Baudean de 1974, según la cual Barneix intervino para asistir a Perrini cuando
éste se "desvaneció". El ahora general sostuvo ante la jueza que sí
intervino, pero para impedir que Baudean continuara interrogando al detenido.
Todas esas
marchas y contramarchas impulsaron a la jueza Mota y a la fiscal Ana Tellechea
a promover un careo múltiple. Si el objetivo era eliminar contradicciones, el
esfuerzo fue inútil. Por el contrario, si lo que se pretendía era obtener
nuevos elementos de juicio, la confrontación resultó fructífera.
Según pudo saber
Brecha, sólo en un aspecto los cinco indagados ?pero en especial Baudean,
Barneix y Puigvert? fueron coincidentes: en ningún momento torturaron al
detenido. Y esa coincidencia, que se explica por razones obvias, hace que
resulte determinante la autopsia histórica que la jueza solicitó a la Facultad
de Medicina. De hecho, la autopsia realizada por el doctor Mautone en el
Hospital Militar al día siguiente del fallecimiento implícitamente admite las
causas de la muerte al confirmar los múltiples hematomas que exhibía el cuerpo,
que sólo se explican por las torturas.
Por lo demás, el
careo se transformó en una confrontación de Barneix con el resto de sus ex
colegas. El general se mantuvo en sus trece: acusó al coronel Bonjour de
haberle ordenado que firmara un acta con declaraciones que no había realizado.
Bonjour replicó que no era cierto y que nunca había ejercido tales presiones;
por el contrario, dijo que en sus actas como juez sumariante había consignado
exactamente lo que le habían declarado.
Cuando Barneix
insistió en su versión de que se había retirado de la sala de interrogatorios
antes de la pérdida de conocimiento de Perrini (lo que intenta ubicarlo como
quien dice fuera de la escena del crimen), el coronel Baudean lo calificó
despectivamente de mentiroso, como si la mentira fuera un recurso habitual en
el general.
Fuentes
vinculadas a organizaciones de derechos humanos sostienen que las
contradicciones y negaciones que se verifican en este proceso judicial se
explican precisamente por la existencia, excepcional, de un documento interno
del Ejército, que acota el margen de maniobra de los implicados. Pero también
es excepcional que un oficial, y de la jerarquía de un general, funde su defensa
acusando a un colega. En ese sentido ?y en especial porque se presume que los
elementos de juicio existentes, más el resultado de la autopsia histórica que
llegaría al juzgado a comienzos de mayo, no se debilitan, al contrario, se
potencian por las contradicciones de los careos? se sospecha que entre el
general Barneix y el coronel Baudean existe un contencioso que viene de muy
atrás y que ahora se expresa en un ajuste de cuentas.
Las mismas
fuentes consultadas subrayaron el detalle de que el abogado de Barneix es el ex
juez penal Ruben Eguiluz, mientras que los otros oficiales están representados
por tres abogadas que se reiteran en múltiples defensas de militares acusados
de delitos de lesa humanidad: las hijas de los procesados José Gavazzo y Ricardo
Arab y la doctora Graciela Figueredo, que asiste en varios casos al abogado
Miguel Langón, erigido en una especie de juez de jueces. La exclusión de
Barneix del equipo de abogados de confianza de los militares presos en la
cárcel de Domingo Arena sería una señal de la desaprobación de la conducta de
Barneix por parte de los que mantienen a rajatabla la ley de la omertà.
Es posible que la
dotación de presos en Domingo Arena se incremente con el aporte del caso
Perrini (y en ese sentido, fuentes judiciales aseguran que son inminentes los
procesamientos); más improbable es que se llegue a saber los detalles de la
historia íntima de ese cuerpo selecto de represores que operaron, aquí y en
Argentina, durante toda una década, cometiendo todo el abanico de crímenes.
BRECHA | POLITICA | Pág. 9 |
27/04/2012
Hacia
el desenlace jurídico. Inminente procesamiento de tres militares por caso Gelós
Bonilla. Hacia el desenlace jurídico.
Moraes, Tucci y
Techera, ex funcionarios del Batallón de Ingenieros de Laguna del Sauce,
declararon en sede penal y quedaron a la espera del fallo. El expediente
enfrentará nuevamente a la jueza Mota con los tribunales por la figura de
desaparición forzada y la calificación de crimen de lesa humanidad. La SCJ deberá
resolver el dilema jurídico que puede dejar a Uruguay en consonancia con la
jurisprudencia internacional o someter al Estado a un nuevo juicio ante al
Corte Interamericana.
La sede penal de
séptimo turno interrogó por última vez en la investigación presumarial -etapa
previa al eventual dictado de procesamientos- a tres de los cinco militares
sobre los que pesa un pedido de encarcelamiento por la desaparición forzada en
1976 del edil frenteamplista de Maldonado, Horacio Gelós Bonilla. Tras cumplirse,
el miércoles 18, con esta "audiencia ratificatoria" -en la que los
indagados ratifican o no sus declaraciones en el expediente-, resulta inminente
el dictado de procesamientos para el teniente coronel Aquiles Moraes, jefe del
Batallón de Ingenieros N° 4 de Laguna del Sauce, y los mayores Juan Tucci
Sebastiani y Julio Techera Sánchez, de acuerdo a fuentes cercanas a la
investigación consultadas por Brecha.
Si bien la
Fiscalía había solicitado también, en agosto de 2011, el enjuiciamiento para el
capitán Eduardo Giordano DAmato y el médico José Luis Braga Rosado, estos
integrantes del cuartel en el que la víctima padeció la tortura y la
desaparición, aparecen en principio con menos posibilidades de ser encarcelados
en los próximos días. Se mantiene el pedido de captura internacional para el
entonces teniente Dardo Barrios Hernández, quien estaba a cargo de los
interrogatorios en la unidad militar de Maldonado.
Para la fiscal
Ana María Tellechea se ha probado que Gelós Bonilla fue apresado, el 2 de enero
de 1976, en la plaza de Maldonado y conducido en un automóvil de un militar que
trabajaba en el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (ocoa).
Luego, por las declaraciones de varias víctimas que lograron sobrevivir a
aquellos tormentos, e incluso la confesión de algunos militares subalternos
sobre las instancias de torturas que tenían lugar en el batallón, se logró
comprobar los padecimientos de Gelós Bonilla a manos de los represores, los que
determinaron su desaparición forzada.
Es un hecho que
al momento de decidir la situación judicial de los indagados y optar por los
procesamientos, la jueza Mariana Mota se mantendrá en su tesitura de emplear la
ley 18.026 (crímenes de lesa humanidad) para aplicar la figura de desaparición
forzada, tal como ordena la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la
sentencia contra el Estado uruguayo.
Por cuanto,
llegado el momento, si la magistrada procesa por tal delito a los militares
involucrados, su fallo será revisado por un tribunal de apelaciones y luego
subirá a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que finalmente adoptará una
decisión firme respecto de la aplicación de la figura y de la calificación del
ilícito como crimen de lesa humanidad o como delito común.
El caso se
perfila como uno de los que marcarán un antes y un después en la
jurisprudencia, puesto que el máximo órgano judicial no puede demorar más un
pronunciamiento en uno u otro sentido.
La visión
conservadora de los tribunales penales de primer y tercer turno ha llevado al
cambio de carátula en algunos casos en que se había aplicado la figura de
desaparición forzada. Los ministros sostuvieron, entre otros aspectos, que no
se podía emplear la ley de crímenes contra la humanidad porque había sido
aprobada en 2006 y el delito, al que consideraron homicidio en vez de
desaparición forzada, se había cometido mucho antes, en 1976. Alegaron que de
lo contrario se estaría violando el principio de no retroactividad de la ley
penal.
La Corte
Interamericana decretó de manera específica que no se podía hacer valer este
principio ni otros que obstaculizaran los procesos. Y argumentó que los casos
de desaparición forzada constituyen crímenes de lesa humanidad, por tanto
permanentes -se siguen cometiendo aún hoy, pues el cuerpo no ha aparecido- e
imprescriptibles: pueden ser perseguidos por la justicia sin límites de tiempo.
La SCJ tiene que
optar entre aplicar la visión conservadora y por tanto desoír a la Corte
Interamericana -lo que le valdría un nuevo juicio internacional y la segura
renovación de la condena contra el Estado uruguayo- o mirase en el espejo de la
jurisprudencia regional e internacional y de las convenciones de derechos
humanos que desde hace varios años se aplican en otros países para situaciones
análogas a las que ocurrieron durante el terrorismo de Estado y que ahora se
investigan en Uruguay.
"El que de
cualquier manera y por cualquier motivo, siendo agente del Estado o sin serlo
contando con la autorización, apoyo o aquiescencia de uno o más agentes del Estado,
procediere a privar de libertad a una persona, seguido de la negativa a
informar sobre la privación de libertad o el paradero o la suerte de la persona
privada de libertad; o que omita y se niegue a brindar información sobre el
hecho de la privación de libertad de una persona desaparecida, su paradero o
suerte, será castigado con dos a veinticinco años de penitenciaría",
describe la ley al referirse a la desaparición forzada de personas.
La fiscalía y la
sede penal de séptimo turno entienden que eso fue lo que pasó en los casos en
que aún no se sabe el paradero de la víctima. Pero la última palabra -al menos
en el ámbito nacional- será de la SCJ.
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