martes, 19 de febrero de 2013

Declararían inconstitucional ley interpretativa de caducidad


Declararían inconstitucional ley interpretativa de caducidad

Según informó hoy el diario El Observador, citando fuentes de la corporación, la mayoría de los ministros de la SCJ creen que los artículos 1 y 2 son inconstitucionales, porque la ley penal no puede aplicarse retroactivamante.
En 2011, la SCJ determinó que los crímenes cometidos contra detenidos durante dictadura son delitos comunes y no de lesa humanidad. Con este cambio en la jurisprudencia los delitos deberían haber prescripto en noviembre de ese año.
Sin embargo, desde el Parlamento se impulsó la ley interpretativa de la caducidad, por la cual las Justicia continúa investigando crímenes cometidos en la dictadura. Además, el Poder Ejecutivo, mediante un decreto revocó los anteriores creados en otros gobiernos, que incluían decenas de casos dentro de la ley de caducidad y por lo tanto no se podía realizar una investigación judicial.
En medio de este debate jurídico, se suma la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En ella se establece que se debe remover todo obstáculo que permita la impunidad y debe ser dejada sin efecto. En los hechos esto significa que se debe dejar sin efecto la ley de caducidad.
Uno de los ministros, señaló que más allá de la posición mayoritaria no se puede decir que sea un caso cerrado.
El País Digital

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