Declararían inconstitucional ley interpretativa de caducidad
Según informó hoy el diario El Observador, citando
fuentes de la corporación, la mayoría de los ministros de la SCJ creen que los artículos 1
y 2 son inconstitucionales, porque la ley penal no puede aplicarse
retroactivamante.
En 2011, la
SCJ determinó que los crímenes cometidos contra detenidos
durante dictadura son delitos comunes y no de lesa humanidad. Con este cambio
en la jurisprudencia los delitos deberían haber prescripto en noviembre de ese
año.
Sin embargo, desde el Parlamento se impulsó la ley
interpretativa de la caducidad, por la cual las Justicia continúa investigando
crímenes cometidos en la dictadura. Además, el Poder Ejecutivo, mediante un
decreto revocó los anteriores creados en otros gobiernos, que incluían decenas
de casos dentro de la ley de caducidad y por lo tanto no se podía realizar una
investigación judicial.
En medio de este debate jurídico, se suma la sentencia de
la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. En ella se establece que
se debe remover todo obstáculo que permita la impunidad y debe ser dejada sin
efecto. En los hechos esto significa que se debe dejar sin efecto la ley de
caducidad.
Uno de los ministros, señaló que más allá de la posición
mayoritaria no se puede decir que sea un caso cerrado.
El País Digital
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