La Corte de Uruguay estableció que los crímenes de la dictadura fueron "delitos comunes"
La Suprema Corte de Justicia ratificó por mayoría que las violaciones a los derechos humanos cometidas por la última dictadura militar no son crímenes de lesa humanidad, por lo que prescribirán el 1 de noviembre próximo. El fallo considera que en 1976, fecha del delito juzgado, no existía la figura de la desaparición forzada, creada por ley en octubre de 2006, por lo cual no se puede imputar ese ilícito a hechos ocurridos en aquel entonces.
El pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) es respuesta a un pedido de aclaración presentado por la fiscal Mirtha Guianze, a raíz de una primera sentencia emitida por la SCJ, que condenó a los militares José Gavazzo y Ricardo Arab a 25 años de prisión como responsables de 28 "homicidios muy especialmente agravados". Esa sentencia descartaba la imputación solicitada por Guianze, quien había acusado a Gavazzo y a Arab de delitos de "desaparición forzada", considerados de lesa humanidad.
El fallo explica que al momento de los hechos, 1976, no existía el delito de desaparición forzada, creado por ley en octubre de 2006, por lo cual no puede imputarse ese ilícito. De acuerdo con este dictamen, los crímenes de la dictadura (1973-85) son ilícitos comunes, por lo que prescriben el 1 de noviembre próximo, considerando todas las extensiones posibles, entre ellas que no se compute el período de la dictadura.
El Frente Amplio fracasó el 19 de mayo en la Cámara de Diputados en la aprobación de un proyecto que anulaba la Ley de Caducidad, que dio impunidad a policías y militares que violaron los derechos humanos. Ese texto incorporaba la jurisprudencia internacional en materia de crímenes de lesa humanidad y no computaba el período 1986-2011, en vigencia de la Caducidad, a efectos de postergar la prescripción de la mayoría de los casos.
La Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (por la que se desiste de juzgar a asesinos y torturadores) fue aprobada en 1986 durante el primer gobierno tras la restauración democrática, y ratificada en 1989 y 2009 en sendos plebiscitos. La administración de Tabaré Vázquez (2005-2010) dio una nueva interpretación a la Caducidad, lo que permitió encarcelar al ex dictador Gregorio Alvarez (1981-1985) y a otros 16 ex militares y policías por crímenes cometidos durante el régimen.
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